
Impuestos
Aquí se crean los diferentes impuestos que la empresa permite. Cuando en el país se indique ES podrán ser el IVA o el IGIC. Se marcará con un check el impuesto habitual, así se ofrecerá en los documentos y será el que prevalezca a no ser que se cambie.
Nº VAT. Número de identificación para ese impuesto. Si se rellena en un IVA del resto de Europa se entiende que se tiene un establecimiento permanente en el país y que se liquidará el impuesto directamente en ese país.
Cuentas contables. Se solicitan las cuentas de IVA soportado y repercutido e IVA soportado y repercutido intracomunitario para su imputación en los asientos contables de facturas y liquidaciones de IVA.
En Porcentajes se deberán indicar los diferentes % que gravan los artículos. Debe tenerse en cuenta que tipos de impuestos son los mismos para todos los impuestos por lo que se deberá combinar los diferentes tipos para cubrir las ventas, por ejemplo, de diferentes paises. Existe la posibilidad de indicar impuesto 1 e impuesto 2 para cada tipo. Un ejemplo claro es el Recargo de equivalencia en el gobierno central. Con el uso del IGIC podría ser el AIEM si su aplicación se ajusta al recargo de equivalencia. Aquí no figurarán, puesto que no se les repercute ningún porcentaje: Exento (E), No Sujeto (S), No IVA (N) pero si se ofrecerán en artículos, bases, etc como una posibilidad más para cumplimentar correctamente cualquier casuística.
Sería conveniente, antes de rellenar esta tabla, rellenar la tabla Tipos de Impuestos.
Ver: