Impagar

Sólo permitido desde los efectos cobrados (Estado CO) y contabilizados como tal, genera el asiento de impagado, a la vez que permite contabilizar la factura que el banco nos remite cargándonos los gastos de devolución, permite cargar gastos de devolución al cliente reflejándolo en el propio efecto y además cambia el estado a IMP.

También actualiza el campo “cuenta cargada” en la carpeta “Asientos Asociados”

En este proceso se pueden dar dos comportamientos:

A) Si está indicada la cuenta de impagados (4315) en parámetros de la cuenta del cliente o en “Parámetros de Empresa – Contabilidad – Cuentas – Tesorería” cambia el estado de los efectos a IMP y genera una factura recibida con los gastos cobrados por el banco (con IVA y sin IVA) aplicando el 21% de IVA. Se rellenan los campos cuenta y nif con los datos del banco establecidos en su ficha.

Por la factura de gastos:

-> Carga a la cuenta de gastos financieros indicada en el propio proceso, que viene sugerida por la rellena en “Parámetros Empresa – Contabilidad – Cuentas – Tesorería”, por la suma de gastos con IVA y sin IVA.

-> Carga asimismo a la cuenta de IVA soportado indicada en “Parámetros de Empresa – Contabilidad – Cuentas – Impuestos”.

-> Abona a la cuenta del banco por la suma de los gastos + IVA

Por el impagado:

-> Carga a la cuenta de impagados (4315) por el importe total del recibo impagado más los gastos que se hayan indicado en el proceso.

-> Abona a la cuenta contable del banco.

-> Abona a la cuenta de ingresos financieros indicada en el propio proceso, que viene sugerida por la rellena en “Parámetros de Empresa – Contabilidad – Cuentas – Tesorería”.

Si no ha puesto importe en gastos financieros (no queremos realizar la factura), realiza únicamente el asiento tipo “IMP” con la relación de impagados .

B) Si no está indicada la cuenta de impagados ni en parámetros de la cuenta ni en “Parámetros de Empresa – Contabilidad – Cuentas – Tesorería”. En este caso realiza lo mismo que en el caso A pero creando un nuevo vencimiento que se pondrá en circulación y cuyo estado será PEN.

 

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