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Trabajador del Sistema Especial Empleados del Hogar

Estos trabajadores a diferencia de los registrados en el Régimen General, no tienen más cotización que la suya, Empleados del Hogar.

No permite registrar bonificaciones salvo la indicación en el empleador que es familia numerosa.

Se podrá establecer a tiempo completo y a tiempo parcial, en este último caso habrá que cumplimentar el horario que realice.

En salario se determinará el pago que se realiza al trabajador. Si es parcial se podrá fijar el precio por hora.

Una vez creado el trabajador se puede confeccionar el modelo TA2/S-0138 (Solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador/a por cuenta ajena en el Régimen General - Sistema Especial para Empleados del Hogar) pulsando, situado en su ficha, sobre Procesos - Generar certificado TA2/S - 0138.

En este sistema no se realizan TCs, será la Seguridad Social la que, tras la tramitación del modelo anteriormente referido, cargue en la cuenta bancaria del empleador o del trabajador, según se haya acordado, el importe que proceda.

 

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