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Parámetros de los modelos

Parámetros de modelos

En esta opción se establecen los parámetros para calcular o no los modelos de la Agencia Tributaria, los libros contables y el método para calcular el Impuesto sobre Sociedades.

MODELOS

Usar Cuenta corriente tributaria para ingresos y devoluciones. Determina la forma de pago de las liquidaciones. Se marcará esta opción en todos los modelos salgan a ingresar o a devolver

Inscrito en:

Registro de devolución mensual. Al marcar esta casilla permite que cuando el modelo 303 arroje un resultado negativo se pueda solicitar la devolución a diferencia de no estar inscrito en este registro que los resultados negativos siempre son a compensar excepto el último periodo del año.

Régimen especial de IVA diferido de importación. Cuando este campo está marcado las facturas recibidas con Clase 2. Importación se devengan en el momento de calcular el modelo 303 al mismo tiempo que se deducen. Se reflejarán en el propio modelo 303, en la casilla 77 de la página 3, "IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso".

Criterio de Caja: Al marcar esta opción, el devengo de las facturas emitidas y la deducción de las recibidas se realiza en el momento del cobro y pago de éstas.

Realmente este campo ayuda a cumplimentar el check que existe en Otros datos, en asientos de facturas, y en la carpeta Cobros/Pagos en las facturas de Gestión. Será dicho campo el que determine que la factura está acogida o no.

Cuando este parámetro esté marcado todas las facturas emitidas y recibidas se indicarán como acogidas a este régimen. Si es el proveedor el que está acogido solo sus facturas recibidas tendrán marcado el check Inscrito en criterio de caja.

Tributa exclusivamente a una Administración tributaria Foral. Los contribuyentes que tributen exclusivamente por IVA a una Hacienda Foral y opten por el régimen de diferimiento deberán presentar la declaración-liquidación mensual de IVA modelo 303 en la AEAT incluyendo e ingresando exclusivamente el importe total de las cuotas liquidadas por las Aduanas en cada período mensual, Para ello marcarán en dicho modelo 303 la casilla de “Tributación exclusivamente  foral” e incluirán el importe total de las cuotas liquidadas por Aduanas en ese período en la casilla 77 (“IVA a la importación liquidada por la Aduana pendiente de ingreso”).

Esto, como es lógico, provocará que no se cumplimente ninguna otra casilla del modelo 303.

Prorrata de IVA: Puede elegir entre General o Especial: Este dato es necesario para la cumplimentación del modelo 390 en su apartado Prorrata. La aplicación de un tipo u otro se hace mediante la indicación, en cada una de las facturas, si está sujeta a prorrata o no.

En el campo Año Anterior, el % de prorrata se podrá modificar desde la actualización de la apertura desde el ejercicio anterior cuando el cálculo del modelo 390 o 303 del último periodo arroje un % diferente. Esto modificará todos los asientos de facturas recibidas ajustándose al nuevo % de prorrata

En una empresa que ya existan facturas recibidas sujetas a prorrata no dejará variar este parámetro a Sin Prorrata.

Modelo 340

Modelo 349. Periodicidad para el cálculo de este modelo

SII

Cuando la empresa se inscriba en el Sistema Inmediato de Información deberá indicar la fecha de inscripción. Dependiendo de la fiscalidad especial establecida en Parámetros de Empresa - Datos se realizará el envío de facturas al SII habilitado por las diputaciones forales correspondientes, a Canarias o al Gobierno Central.

Para el caso de Vizcaya donde el sistema a seguir es el Batuz en vez del SII, los registros equivalentes figurarán en los mantenimientos de Batuz. En este caso bastará con indicar esta FiscalidadEspecial en Parámetros de Empresa - Datos.

Al registrar asientos cuya fecha de asiento sea posterior a la fecha de inscripción automáticamente se generarán los registros SII/Batuz necesarios para poder enviarlos a Hacienda.

Fecha de Inscripción: Las facturas del mismo ejercicio anteriores a esta fecha deberán generarse a través de la opción SII - Otros - Crear otros registros SII – Registros anteriores a la inscripción del SII. Para subir estas facturas tiene de plazo hasta el 31 de Diciembre.

Emitidas por Terceros. Marcará todas las facturas expedidas por defecto con este campo marcado

Validación al calcular el modelo 303: Permite establecer el tipo de validación que se hace al calcular el modelo 303. Se puede seleccionar Completa, Solo Registros de Golden .NET o Ninguna. Realizar la validación en este momento localiza las facturas que han tenido incidencias con la contraparte.

Descripción SII en Facturas: Se puede seleccionar la primera línea de las facturas de gestión cuando las facturas se contabilizan desde este módulo, o un texto fijo

en todas o el Titulo de la cuenta asociada. Si no se selecciona nada en este campo indicará Fra. XXX de Nombre Cliente/proveedor en todas ellas.

LIBROS

Con el fin de automatizar lo máximo posible la creación de los Libros para el Registro mercantil por cada empresa se permite indicar:

Usar Nº de Asiento. Recuerde que para que este dato se cumplimente correctamente previamente se ha debido hacer el proceso Renumerar Nº Asiento

Listar Diario Resumen

Nivel de cuentas para el Balance de Comprobación

Diseños para el Balance de Situación y Cuenta de Resultados para confección el Inventario y las Cuentas Anuales.

SOCIEDADES/IRPF

Dependiendo de si la empresa usa contabilidad, autónomos o ambos módulos la carpeta tiene un nombre ú otro. En cualquier caso lo que solicita es:

Modelo 111. Periodicidad de presentación

Modelo 115. Periodicidad de presentación

Retenciones. Liquidar retenciones a fecha de registro contable. Al marcar esta opción las retenciones se liquidarán, tanto en el modelo 111 como en el modelo 115, de las facturas y nóminas cuya fecha de registro esté dentro del rango de la liquidación. Si no está marcada esta opción entonces solo recogerá las retenciones de aquellas facturas y nóminas que se hayan pagado dentro del plazo de la liquidación. A estos efectos se considera pagada la nómina o factura que no tenga indicada la forma de pago. Si la tiene indicada los vencimientos deberán estar pagados. Si solo se paga algún vencimiento de varios, entonces se liquidará solo la parte proporcional de la retención practicada. A estos efectos, los pagos en especie y los anticipos/entregas a cuenta se consideran pagados con fecha de registro. 

Modelo 130,100. Solo disponible cuando la empresa indica que usa Autónomos, solicita:

Inscrito en el criterio de cobros y pagos en I.R.P.F: Al marcar esta opción sólo se llevará al modelo 100 y 130 los gastos correspondientes de facturas, ingresos

y gastos que estén cobradas/pagadas.

Si además se marca la opción de “Usar criterio de cobros y pagos en el modelo 111” sólo se declararán las retenciones correspondientes de facturas y gastos que estén cobradas.

Aplicar deducción: permite seleccionar si se tiene o no que aplicar la deducción por Inversión en Vivienda habitual y la deducción por Rendimientos de Actividades Económicas. En caso de que en la misma empresa haya varios socios estos parámetros deberán indicarse por cada uno de ellos en sus propias fichas.

Modelo 200

Tipo de cálculo: Abreviado, Pymes o Normal

Balance de Situación. Diseño para confeccionar el modelo 200

Estado de Ingresos y Gastos. Diseño para confeccionar el modelo 200

Tipo Estado Cambios en el Patrimonio Neto: Abreviado, Pymes o Normal

Estado Patrimonio Neto. Previamente a la creación del modelo 200 debe haberse creado un Estado del Patrimonio Neto para que en el cálculo del modelo 200 pueda confeccionar las hojas que lo contienen.

Tipo Pérdidas y Ganancias. Abreviada, Pymes o Normal

Cuenta de Pérdidas y Ganancias. Diseño para confeccionar el modelo 200

Modelo 202. A, B1 o B2 determina el artículo de la Ley de Sociedades que se aplicará al crearlo. Solo en el caso de haber elegido el tipo A recogerá la cuota íntegra del último modelo 200 presentado.

Modelo 1001P, 1001A, Modelo 1001O

Para cada uno de los modelos de cuentas anuales a presentar en el registro mercantil

solicita diseños y estados ya calculados para la cumplimentación de éstos-

 

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